jueves, 23 de diciembre de 2010

El despido: concepto, clases y causalidad



Hoy queremos hablaros de una de las partes más importantes de un contrato de trabajo, esto es, del despido, y así abordaremos las cuestiones de en qué consiste un despido, cuáles son las clases de despido que recoge la legislación, con su particular incidencia a raíz de la nueva reforma laboral llevada a cabo en el 2010, y la causalidad de los mismos.

Así pues, empezaremos por definir en qué consiste un despido.

1) Concepto: El despido lo podemos definir como la resolución o causa de extinción de un contrato de trabajo decidida unilateralmente por el empresario.

Deberéis saber que el despido produce efectos directos e inmediatos sobre la relación de trabajo, con la lógica consecuencia del cese de las obligaciones recíprocas derivadas del contrato de trabajo.

Asimismo, también es importante que sepáis que, aunque el Estatuto de los Trabajadores utiliza el término despido para referirse al "despido disciplinario" y a los "despidos colectivos", también va a merecer dicha calificación la extinción del contrato por causas objetivas y, en general, cualquier supuesto de extinción del contrato de trabajo producido por voluntad del empresario, con independencia de la causa en que se basen.

Una vez visto qué es lo que se entiende por despido, vamos a ver a continuación qué clases de despido se prevén en la legislación.

2) Clases: Debéis saber que es muy común la distinción entre despido individual, que tiene una concreción clara en cuanto a la persona del destinatario, y despido colectivo, que afecta a un conjunto de trabajadores o, mejor, de puestos de trabajo.

En el Estatuto de los Trabajadores el despido individual tiene su plasmación normativa en la regulación del despido disciplinario, y en el despido o extinción por causas objetivas.

Los despidos colectivos obedecen a la concurrencia en la empresa de causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Una vez visto las clases de despidos que se prevén actualmente, vamos a comentar seguidamente la causalidad de los despidos.

3) Causalidad: En nuestra legislación, para que el empresario pueda decidir el despido de un trabajador debe existir una causa que lo justifique.

Por lo tanto, debéis tener muy presente que,la regla general es, la exigencia de causa justa para poder despedir.

Ahora que ya tenemos claro que es el despido te animamos a visitar otros artículos del blog para profundizar en otros conceptos relacionados:

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